dissabte, 26 de juliol del 2008

ANTICIPOS DE LA HISTORIA PARA CELESTINO CORBACHO (O "VOLVER AL FUTURO IX")

Texto completo del Himno Nacional Argentino aprobado en el año 1813

Oid ¡mortales! el grito sagrado:
¡Libertad, Libertad, Libertad!
Oid el ruido de rotas cadenas:
Ved en trono a la noble Igualdad.

Se levanta la faz de la tierra
Una nueva y gloriosa Nación:
Coronada su sien de laureles
Y a sus plantas rendido un León

Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

De los nuevos campeones los rostros
Marte mismo parece animar;
la grandeza se anida en sus pechos,
A su marcha todo hace temblar.
Se conmueven del Inca las tumbas
Y en sus huesos revive el ardor,
Lo que ve renovando a sus hijos
De la Patria el antiguo esplendor.

Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

Pero sierras y muros se sienten
Retumbar con horrible fragor:
Todo el País se conturba por gritos
De venganza, de guerra y furor.
En los fieros tiranos la envidia
Escupió su pestífera hiel,
Su estandarte sangriento levantan
Provocando a la lid más cruel.


Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

¡No los veis sobre Méjico y Quito
Arrojarse con saña tenaz,
Y cuál lloran bañados en sangre
Potosí, Cochabamba y la Paz!
¡No los veis sobre el triste Caracas
Luto y llantos y muerte esparcir!
¡No los veis devorando cual fieras
Todo pueblo que logran rendir!


Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

A vosotros se atreve ¡Argentinos!
El orgullo del vil invasor,
Vuestros campos ya pisa contando
Tantas glorias hollar vencedor.

Mas los bravos que unidos juraron
Su feliz libertad sostener,
A esos tigres sedientos de sangre
Fuertes pechos sabrán oponer.
Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

El valiente argentino a las armas
Corre ardiendo con brío y valor,
El clarín de la guerra cual trueno
En los campos del Sud resonó,
Buenos Aires se pone a la frente
De los pueblos de la ínclita Unión,
Y con brazos robustos desgarran
Al ibérico altivo León.


Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

San José, San Lorenzo, Suipacha,
Ambas Piedras, Salta y Tucumán,
La Colonia y las mismas murallas
Del tirano en la Banda Oriental;
Son letreros eternos que dicen:
Aquí el brazo argentino triunfó
Aquí el fiero opresor de la Patria
Su cerviz orgullosa dobló.

Sean eternos los laureles
Que supimos conseguir.
Coronados de gloria vivamos
O juremos con gloria morir.

La victoria al guerrero argentino
Con sus alas brillantes cubrió
Y azorado a su vista el tirano,
Con infamia a la fuga se dio;
sus banderas, sus armas, se rinden
por trofeos a la Libertad
y sobre alas de gloria abra el pueblo
trono digno a su gran majestad.
Desde un polo hasta el otro resuena
de la fama el sonoro clarín
y de América el nombre enseñando
les repite: mortales, oíd:
ya su trono dignísimo abrieron
las Provincias Unidas del Sud
y los libres del mundo responden:
Al gran pueblo argentino: ¡Salud!

Algunas primicias periodísticas de... un siglo atrás, que han tardado en llegar al centro del Imperio donde el Sol se puso hace mucho, y tarda en volver a amanecer
Durante la presidencia del general Julio A. Roca, en el año 1900, fue sancionado un decreto refrendado con la firma del Presidente de la Nación Argentina y de los ministros Felipe Yofre, Luis M. Campos, José María Rosa, Martín Rivadavia, Martín García Merou y Emilio Civit, que disponía:

"Que, sin producir alteraciones en el texto del Himno Nacional, hay en él estrofas que responden perfectamente al concepto que universalmente tienen las naciones respecto de sus himnos en tiempo de paz y que armonizan con la tranquilidad y la dignidad de millares de españoles que comparten nuestra existencia, las que pueden y deben preferirse para ser cantadas en las festividades oficiales, por cuanto respetan las tradiciones y la ley sin ofensa de nadie, el presidente de la República, en acuerdo de ministros decreta:

Artículo 1°. En las fiestas oficiales o públicas, así como en los colegios y escuelas del Estado,
sólo se cantarán la primera y la última cuarteta y coro de la canción nacional sancionada por la Asamblea General el 11 de marzo de 1813".